sábado, 9 de marzo de 2013

Tarjetas de asistencia médica



La tarjeta de asistencia médica es un seguro que se adquiere en diferentes empresas con el fin de viajar seguro, ya que se debe prever los incidentes y saber lidiar con sus consecuencias y una buena forma de hacerlo es con la tarjeta; esta se recomienda adquirirla ya que hoy en día no muchas personas no lo hacen, se debe tener en cuenta que los seguros que se ofrecen en los hoteles es solo para lo que ocurra dentro del hotel, así que por eso se recomienda mucho

La cobertura, los requisitos para adquirirla y los servicios que presta varían según la empresa, pero el precio tiene muchas más variación, ya que se tiene en cuenta la cobertura (en cuanto a lo que cubre y los lugares en que cubre) y los días por los que se necesite:

Los servicios básicos que presta una tarjeta de asistencia medica es el cubrimiento monetario de todo aquello que se vea afectado en el trascurso del viaje y asistencia medica en caso de que la(s) persona(s) sean afectada(s), todo esto se cumple siempre y cuando se establezca con la empresa y los imprevistos no estén involucrados con negocios ilícitos.
La cobertura en cuanto a lugar se puede decir que es nacional como internacional, pero este término se usa más para referirse a lo que cubre la tarjeta en cuanto a servicios; por lo general cubre (básico):

  • Odontología
  • Medicamentos
  • Traslados y repatriación sanitaria
  • Asistencia legal y adelanto de fondos para fianzas
  • Asistencia en caso de extravió o demora del equipaje
  • Indemnización por extravío del equipaje
  • Reembolso por gastos por demora del equipaje
  • Seguro de accidentes personales
  • Asistencia en caso de robo o pérdida de pasaportes o tickets de viaje
  • Repatriación en caso de fallecimiento
  • Asistencia en caso de menores que queden solos
  • Traslado de un familiar
  • Gastos de hotel por convalecencia
  • Reembolso por vuelo demorado o cancelado
  • Traslado de un colega de trabajo en caso de emergencia médica
  • Transmisión de mensajes urgentes
  • Regreso anticipado por siniestro en su residencia


El precio de una tarjeta de asistencia medica puede costar has 50.000 USD, dependiendo de los que cubra, el lugar a donde se viaje, los días por los cuales se adquiera y la empresa en que adquiera.

Si desea tener información mas concreta visite las siguientes paginas y comuníquese a los números que aparezcan allí:

Renta de carros y seguros

¿Cómo funcionan las compañías de alquiler de vehículos?

Generalmente se encuentran ubicadas en sitios estratégicos relacionados con el mundo del turismo, como aeropuertos, terminales, hoteles, entre otros, siendo este segmento su principal fuente de ingresos.

El funcionamiento de las compañías de alquiler es muy sencillo, la persona una vez realiza el primer contacto, (sea personalmente en una de las oficinas o a través de su pagina en Internet) selecciona el tipo de vehículo que mejor se adecue a sus requerimientos e inmediatamente firma un contrato y desembolsa parte del dinero o su totalidad, dependiendo las políticas de la compañía donde haga la operación.

La empresa dando cumplimiento a sus funciones hace la entrega del vehículo, el cual debe estar en perfectas condiciones y con el tanque de la gasolina a full, (usualmente es así) finalmente, estipula con el cliente como se hará la entrega del vehículo.

Generalmente, la mayoría de empresas que se dedican a alquilar vehículos suelen exigir tarjeta de crédito como soporte o garantía, de frente a cualquier anomalía o caso fortuito que se presente durante el servicio, es decir, para contar con un respaldo económico en caso de robo, extravío, accidentes, daños al carro, perdida parcial o total del carro o motocicleta, entre otros.

Finalmente es apropiado recordarles que los alquileres de coches siempre están sujetos a unas condiciones y restricciones que varían según las políticas de cada compañía.

Seguros que se deben tomar para alquilar un carro

Es recomendable adquirir "siempre" algún tipo de cobertura a la hora de alquilar un vehículo  esta opción le brindará tranquilidad y lo acompañará en su camino.

  • El seguro ofrecido por las compañías de alquiler, es en la mayoría de los casos costoso pero necesario si se presenta como única opción al momento de alquilar, recuerde que en cualquier caso, el costo del seguro es relativamente inferior al dinero que puedan cobrarle en caso de un siniestro o perdida del vehículo.
  •  El seguro de su tarjeta de crédito, se especializa en brindarle un cubrimiento legal y es un servicio anexo a su paquete financiero que no es del todo óptimo para este caso, este seguro es recomendado para personas precavidas y cuidadosas en sus desplazamientos, aunque es recomendable contar con un acompañamiento legal en caso de accidente o cualquier tipo de situación adversa.
  • El traspaso de cobertura, si tiene vehículo propio puede solicitar a su compañía aseguradora la transferencia directa de la cobertura al automóvil que desea alquilar, este seguro es completo y le brindará el cubrimiento necesario en el camino, en algunos casos puede generar algún cobro adicional dependiendo de la compañía aseguradora a la cual pertenece. Averigüe al detalle los plazos y condiciones en este tipo de seguro o traspaso, y más, si se trata de un alquiler por un periodo largo de tiempo.

Es recomendable adquirir un seguro que cubra las funciones legales para hacerse directamente cargo de los costos generados en caso de presentarse algún contratiempo.

Trámite para viajar con niños fuera de Colombia

Los documentos requeridos para viajar con niños fuera de Colombia son los siguientes:

  • Permiso suscrito por el (los) padre (s) que no viajen con el menor, que contenga la siguiente información: lugar de destino, propósito del viaje, fecha de salida y de regreso al país y nombre de la persona con quien viaja. 
  •  Si el padre o madre se encuentra en Colombia, el permiso debe estar suscrito ante notario público. 
  • Si el padre o madre se encuentra en el exterior, el permiso debe estar suscrito ante el cónsul colombiano. De no ser posible ubicar un consulado colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser en original. 
  • Cuando uno de los padres esté fallecido se debe presentar el certificado de defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del menor conforme a la Ley.
  • Los menores adoptados deben presentar copia de la sentencia de la adopción debidamente ejecutoriada. 
  • Cuando los padres están en conflicto deben presentar permiso expedido por el Juez de Familia. 
  • Si la patria potestad está en cabeza de alguno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada. 
  • Si el permiso está otorgado por escritura pública se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.
  • Se debe presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo remplace o documento de identidad, según el caso. También es necesaria la visa o el permiso vigente según el caso y el registro civil.
  • Si el menor de edad tiene la doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano).
  • El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar otorgará el permiso de salida del menor, cuando el destino de los padres o de uno de ellos es desconocido cuando el menor carece de representante legal o cuando el padre o los padres no están en condiciones de otorgar esta autorización.
  • Recuerde que NO ES NECESARIO dejar una copia del registro civil al oficial de migración, pero si se debe presentar para corroborar el grado de parentesco con el menor, cuando este viaje con el nuevo formato del pasaporte colombiano (Con zona de lectura mecánica).
Países miembros de Mercosur

Si el viaje es a un país miembro de Mercosur, los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia, deben presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo remplace o documento de identidad según el caso, el registro civil y el permiso de salida suscrito por el o los padres que no viajen con el infante o adolescente.

Países miembros de la CAN

Si los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia van a viajar a un país miembro de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, deben presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo remplace o documento de identidad según el caso, el registro civil y el permiso de salida suscrito por el o los padres que no viajen con el infante o adolescente.

Recomendaciones para viajeros internacionales

Las autoridades recomiendan a las personas que tengan previsto salir de Colombia, por cualquiera de los puntos de migración existentes en el país, presentar la cédula de ciudadanía y el pasaporte vigente con la visa vigente exigida para el país de destino.

Para viajar a Venezuela por vía terrestre se debe presentar el pasaporte con visa de ingreso a ese país. Si es por vía aérea, debe presentar una reserva hotelera o una carta de invitación.

Para viajar al Ecuador, es exigible la presentación en ese país del Certificado Judicial.

Si se pretende viajar como turista a los países de Mercosur, excepto Venezuela, se debe presentar la cédula de ciudadanía colombiana.

Si el viajero tiene o ha tenido inconvenientes judiciales, debe hacer los trámites y solicitar las certificaciones respectivas ante las autoridades competentes y radicarlos ante Migración Colombia con la debida anticipación.

También se recomienda realizar el proceso de chequeo en la empresa aérea, tres horas antes de la salida del vuelo, para así poder ingresar a la zona de migración con la mayor antelación posible.


La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia es la entidad encargada de ejercer el control migratorio de manera técnica y especializada, sobre nacionales y extranjeros que entran y salen del país. Así mismo, adelanta las labores de registro, legalización y verificación de actividades de ciudadanos extranjeros en el territorio nacional, con el fin de identificar posibles factores de riesgo contra la seguridad y los intereses generales de la Nación.

Tomado de http://portal.redcolombiana.com/dulce/requisitos-que-se-deben-cumplir-para-viajar-con-ni-os-fuera-de-colombia

Trámite para pasaportes

El pasaporte es el documento de viaje que identifica a los colombianos en el exterior. Por lo tanto, todo colombiano que viaje fuera del país deberá estar provisto de un pasaporte válido, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados e instrumentos internacionales vigentes. El pasaporte será expedido en documento especial otorgado únicamente  por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Los pasaportes con zona de lectura mecánica quieren decir que son aquellos documentos de alta seguridad que incluyen una hoja de datos que debe contener como mínimo la siguiente información: Nombre, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, sexo, número y clase de identificación, lugar y fecha de expedición, vencimiento del documento de viaje y número del pasaporte.

Clases de Pasaportes

  • Pasaporte ordinario con zona de lectura mecánica: la libreta consta de 32 páginas y su vigencia será de 10 años. 
Costo 
Colombia $92.000
América USD 108
Europa 75 euros
Asia, Africa y Oceania USD108
  • Pasaporte ejecutivo con zona de lectura mecánica: la libreta consta de 48 páginas y su vigencia será de 10 años. 
Costo 
Colombia $180.000
América USD 180
Europa 140 euros
Asia, Africa y Oceania USD 200
  • Pasaporte fronterizo con zona de lectura mecánica: se expide a los colombianos que se encuentren en Brasil, Ecuador, Panamá  Perú y Venezuela. La libreta consta de 28 páginas y la vigencia será de 10 años. América Costo USD 25 
  • Pasaporte diplomático con zona de lectura mecánica: consta de 32 páginas, su constitución y vigencia se regirá por el Decreto 2877 de 2001. Costo $92.000
  • Pasaporte oficial con zona de lectura mecánica: consta de 28  páginas, su constitución y vigencia se regirá por el Decreto 2877 de 2001. Costo $92.000
  • Documento de viaje con zona de lectura mecánica: extranjeros que se encuentran en Colombia que no tengan representación diplomática o consular en el Estado, o a los demás extranjeros que se les imposibilite tenerlo. La libreta consta de 12 páginas y su vigencia será de hasta 3 años.
  • Pasaporte de emergencia con zona de lectura mecánica: consta de 8 páginas y la vigencia será de 7 meses. 
Costo 
Colombia $150.000, 
America USD 150
Europa 105 euros
Asia, Africa y Oceania USD 150
  • Pasaporte exento con zona de lectura mecánica: será válido para regresar a Colombia. Consta de 1 hoja y la vigencia será de 30 días calendario.
  • Libreta de tripulante terrestre. Costo $52.000 y costo de renovación $26.000
Requisitos para la expedición de pasaportes

Mayores de edad

  1. Diligenciar la solicitud de manera presencial o medio electrónico en la oficina expedidora.
  2. Realizar la formalización de la solicitud por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  3. Presentar original de la cédula de ciudadanía o contraseña por primera vez acompañada del registro civil de nacimiento.
  4. Efectuar el pago correspondiente.
Menores de edad
  1. Diligenciar la solicitud de manera presencial o medio electrónico en la oficina expedidora.
  2. Realizar la formalización de la solicitud por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la siguiente manera:
  • El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o representante legal.
  • Si los padres se encuentran ausentes deberán solicitar ser remplazados por un tercero, y deberán enviar un permiso especial.
  • Presentar registro civil del menor autenticado.


Visa, tipos de visa y trámite

Definición de Visa

Es competencia discrecional del Gobierno de Colombia, fundado en el principio de la soberanía del Estado, autorizar mediante visa, el ingreso y la permanencia de personas extranjeras a Colombia. En este sentido, corresponde al Grupo de Trabajo de Visas e Inmigración o a los Consulados de Colombia, otorgar, inadmitir o negar la solicitud de una Visa.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 524 del Estatuto Tributario, las visas son objeto de gravamen de Impuesto de Timbre.

Para Colombia

¿En qué consiste el trámite?

Los ciudadanos extranjeros que deseen visitar o permanecer en Colombia deberán obtener la autorización pertinente. Dicha autorización puede consistir, ya sea en un Permiso de Ingreso y Permanencia para estancias cortas en el país (que se otorga a su ingreso por los puntos migratorios habilitados, a aquellos extranjeros que por su nacionalidad están exentos de obtener visa) o una Visa que se estampa en el pasaporte de aquellos extranjeros que la requieren por su nacionalidad o por la actividad que van a desarrollar en Colombia.

Las visas se solicitan en los Consulados de Colombia o en las dependencias de la Coordinación de Visas e Inmigración ubicadas en Bogotá, dependiendo del tipo de visa y circunstancias del solicitante.

¿Cuál es el costo del trámite?

Para la solicitud de la visa, se deben tener en cuenta dos tipos de costos los cuales se deberán asumir por el solicitante:
  • Costo del análisis (estudio) la solicitud de visa, el cual no es reembolsable y será válido solo por el día en el cual se realiza el pago. Cuando la solicitud de visa se efectúa en Bogotá, este pago se efectúa en pesos colombianos, en efectivo, en el banco ubicado en la sala de espera de la oficina de Visas e Inmigración. Cuando se tramita ante un Consulado, será pagado de la manera que el Consulado señale. Cada vez que se presenten o se modifiquen los documentos de una solicitud, se deberá realizar un nuevo pago. El costo del análisis de la solicitud varía según el tipo de visa.
  • Costo por concepto de la expedición de la visa: Si su visa es aprobada, usted pagará el costo que depende de la clase o categoría de la visa. Existen tarifas especiales para ciudadanos de determinados países de acuerdo a los convenios bilaterales o por decisión unilateral del Gobierno Colombiano. Cuando la visa se otorga en Bogotá, el pago se puede efectuar en efectivo o mediante tarjeta débito o crédito (Red Visa) o a través de la red Servibanca. Cuando se otorga en el exterior, el pago se efectuará de la manera que el Consulado señale.

¿Cómo se solicita una Visa en Colombia?

El interesado, o su apoderado, se presenta con la documentación requerida en la Coordinación de Visas e Inmigración, ubicada en la Avenida Carrera 19 No. 98 03, piso 3, en el horario establecido. No se requiere cita previa.

En la recepción se le preguntará por su nacionalidad y el tipo de visa que solicitará. Inmediatamente se le hará entrega de una orden de pago por concepto de análisis (estudio) de la solicitud y de un número de turno.

El interesado pasará con dicha orden a la ventanilla del banco ubicado en el mismo piso y pagará en efectivo el costo correspondiente al análisis (estudio) de la solicitud.

El interesado podrá tomar asiento en la sala de espera donde estará pendiente de ser llamado según su turno.

Una vez llamado su turno, el funcionario que estudie el caso le informará los siguientes pasos a seguir según su solicitud sea aprobada, negada o requiera mayor documentación.

Categoria de Visas

NEGOCIOS: Autorización para el ingreso y/o permanencia que puede ser otorgada a personas de negocios que mantengan relaciones con empresas Colombianas.

Vigencia: Hasta cuatro (4) años para múltiples entradas. Se pierde por permanencia en territorio colombiano superior a un (1) año continuo. Las visas de negocios expedidas en el marco de Tratados de Libre Comercio suscritos por Colombia, expirarán por permanencia mayor a dos (2) años. Las visas de negocios expedidas a los miembros de Oficinas Comerciales Gubernamentales establecidas en Colombia permiten la permanencia continua en Colombia durante su vigencia.

TRÁMITE:
  • Presentar completamente diligenciado el formulario DP-FO-67 de solicitud de visa. Este debe estar firmado por el extranjero solicitante y no por tercera persona.
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotografías recientes e iguales entre sí, de frente, a color, fondo blanco, tamaño 3x3 cm.
  • Copia de la página de datos biográficos del pasaporte, así como de la página que contenga la última visa colombiana, si la tuviere, y la del último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
Además, deberá adjuntar uno de los documentos indicados en cualquiera de los siguientes numerales, de acuerdo con su interés de ingreso al Estado colombiano:
  • Carta del representante legal de la empresa extranjera comercial, industrial o de servicios 
  • Carta del representante legal de la persona jurídica o entidad de carácter público, privado o mixto establecida en el país 
  • Carta de invitación 
  • Carta de invitación y/o de presentación 
  • Cuando la solicitud de Visa de Negocios se realice con base en un tratado de libre comercio, acuerdo de asociación o de otro convenio internacional 
  • Carta de presentación 
Cuando se presente alguna circunstancia no prevista en los numerales anteriores, corresponderá al solicitante de la Visa de Negocios acreditar mediante la documentación pertinente, la condición de comerciante, industrial, proveedor de bienes o de servicios, o su intención de realizar estudios de mercado o negociaciones de futuras ventas o el establecimiento de su presencia comercial en el país.


TRIPULANTE: Autorización concedida a un extranjero tripulante o miembro de un medio de transporte internacional o de una embarcación pesquera, para el ingreso y permanencia en el territorio nacional, otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por las Oficinas Consulares de la República.

Vigencia: Hasta un (1) año.

REQUISITOS: 
  1. Presentar completamente diligenciado el formulario DP-FO-67 de solicitud de visa. Este debe estar firmado por el extranjero solicitante y no por tercera persona.
  2. Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  3. Dos (2) fotografías recientes e iguales entre sí, de frente, a color, fondo blanco, tamaño 3x3 cm.
  4. Copia de la página de datos biográficos del pasaporte, así como de la página que contenga la última visa colombiana, si la tuviere, y la del último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
  5. Carta del representante legal de la empresa responsable del medio de transporte internacional indicando la actividad a desarrollar y manifestando su responsabilidad económica por la permanencia en territorio colombiano y la salida del extranjero en territorio nacional.
  6. Certificado de existencia y representación legal de la empresa.
  7. En caso de tripulante de embarcación pesquera, además de los dos requisitos, en la carta respectiva deberá manifestar que cumple con las normas establecidas para la contratación de tripulantes extranjeros.
  8. Permisos correspondientes para el ejercicio de la actividad pesquera.
  9. El tripulante de embarcación de bandera colombiana, administrada por armador nacional o extranjero, deberá presentar carta del armador o de la empresa responsable en la cual se precisen los términos del contrato de enrolamiento y el cargo.
RESIDENTE: El Grupo Interno de Trabajo que el Ministro de Relaciones Exteriores determine o las Oficinas Consulares de la República, previa autorización de aquel, podrán otorgar Visa de Residente, por término indefinido y para múltiples entradas, al extranjero que pretenda establecerse en el país de manera definitiva.

La vigencia de la Visa de Residente terminará si el extranjero se ausenta del país por más de dos (2) años continuos.

Usted podrá aplicar a esta visa según su condición en el país, y deberá escoger una de las tres categorías.
  • Residente como familiar de nacional colombiano: Autorización de ingreso y/o permanencia que se otorga al extranjero que una vez fue colombiano y renunció a la nacionalidad Colombiana.
    Vigencia: Indefinida. Se pierde por ausencia del territorio colombiano superior a dos (2) años.
TRÁMITE: 
Presentar completamente diligenciado el formulario DP-FO-67 de solicitud de visa. Este debe estar firmado por el extranjero solicitante y no por tercera persona.
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotografías recientes e iguales entre sí, de frente, a color, fondo blanco, tamaño 3x3 cm.
  • Copia de la página de datos biográficos del pasaporte, así como de la página que contenga la última visa colombiana, si la tuviere, y la del último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
  • Copia del acta de renuncia a la nacionalidad colombiana si se efectuó después del año 1994. En caso contrario, manifestación del año en que perdió o renunció a la nacionalidad colombiana si fue durante la vigencia de la Constitución de 1886, (Artículo 86 Constitución Política y Artículo 22 de la Ley 43 de 1993).
  • Presentar diligenciado el formato DP-FO-66 de "compromiso de informar cambio de ocupación". Este debe estar firmado directamente por el extranjero solicitante. Si la solicitud de visa es realizada a través de apoderado o tercera persona, se debe realizar mediante poder otorgado ante notario colombiano o ante el respectivo consulado de Colombia, excepto presentación personal del solicitante.
  • Residente calificado: Vigencia: Indefinida. No obstante, esta visa pierde vigencia por ausencia del territorio colombiano superior a dos (2) años continuos.
  • Residente inversionista: Autorización concedida a un extranjero que demuestre a su nombre una inversión extranjera directa, conforme a lo previsto en el Estatuto de Inversiones Internacionales y demás normas concordantes vigentes al momento de la solicitud, para el ingreso y permanencia en el territorio nacional.

    Vigencia: Indefinida. No obstante esta visa pierde vigencia por ausencia del territorio Colombiano superior a dos (2) años continuos.
TEMPORAL: El Ministerio de Relaciones Exteriores expide seis (6) clases de visas temporales. Antes de solicitar este documento revise si cumple con los requisitos para su expedición.

Usted podrá aplicar a esta visa según su condición en el país, y deberá escoger una de las siguientes categorías:
  • Residente temporal Mercosur (actualmente en aplicación para ciudadanos de Argentina, Brasil, Bolivia y Perú).
  • Trabajador
  • Cónyuge o compañero (a) permanente de nacional colombiano
  • Religioso
  • Estudiante
  • Especial
  • Refugiado
VISITANTE: El Ministerio de Relaciones Exteriores expide tres (3) categorías de visas para visitantes: Turista, Temporal y Técnico.

Se otorgará a los nacionales de los países que requieren visa para ingresar a Colombia y que deseen permanecer en el país, sin el ánimo de establecerse.

Antes de solicitar este documento revise si cumple con los requisitos para su expedición.

Usted podrá aplicar a esta visa según la actividad que vaya a realizar en el país, y deberá escoger una de las tres categorías.
  • Visa Visitante Turista
  • Visa Visitante Temporal
  • Visa visitante técnico

Para el exterior

¿Cuál es el costo del trámite?

Para la solicitud de la visa, se deben tener en cuenta dos tipos de costo los cuales se deberán asumir por el solicitante:
  • Costo del Estudio del Visado, el cual no es rembolsable y será válido sólo por el día en el cual se realiza el pago, para presentar una nueva solicitud de visado deberá realizar un nuevo pago, este costo dependerá del tipo de visa que se vaya a solicitar y del país donde usted se encuentre.
  • El costo por concepto de la expedición de la visa, dependerá de la clase o categoría de la visa, con excepción de los países con los cuales Colombia tenga suscrito convenios o se haya establecido por parte del Gobierno Colombiano de forma Unilateral, sobre el pago del valor sobre el pago del valor por la expedición de la visa.
Tipos de Visa

CORTESIA: Artículo 22 Decreto 4000 de 2004

La Visa de Cortesía podrá ser expedida al extranjero que pretenda ingresar al territorio nacional por el Grupo Interno de Trabajo que el Ministerio de Relaciones Exteriores determine hasta por el término de un (1) año y por las Misiones Diplomáticas o las Oficinas Consulares hasta por el término de noventa (90) días.

REQUISITOS:
  • Presentar completamente diligenciado el formulario DP-FO-67 de solicitud de visa. Este debe estar firmado por el extranjero solicitante y no por interpuesta persona.
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotografías recientes e iguales entre sí, de frente, a color, fondo blanco, tamaño 3x3 cm.
  • Copia de la página de datos biográficos del pasaporte, así como de la página que contenga la última visa colombiana si la tuviere y la del último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
  • Se deberán aportar los documentos con los cuales se acredite alguna de las calidades o condiciones Oficio suscrito por entidad u organización interesada solicitando la expedición de visa de cortesía para el extranjero indicando la actividad a realizar en Colombia y su duración.
NEGOCIOS.
TEMPORAL.
TRIPULANTE.
VISITANTE.
RESIDENTE.

TRASPASO DE VISA: Artículo 118 Decreto 4000 de 2004

Podrá solicitar el traspaso de la visa por deterioro, cambio o pérdida del pasaporte, cuando se requiera alguna aclaración o cambio de entidad u ocupación con el lleno de los requisitos señalados.

REQUISITOS:
  • Presentar completamente diligenciado el formulario DP-FO-67 de solicitud de visa. Este debe estar firmado por el extranjero solicitante y no por interpuesta persona.
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotografías recientes e iguales entre sí, de frente, a color, fondo blanco, tamaño 3x3 cm.
  • Copia de la página de datos biográficos del pasaporte, así como de la página que contenga la última visa colombiana, si la tuviere, y la del último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
  • Fotocopia de las páginas de datos del pasaporte y donde conste la visa que desea traspasar, salvo cuando se trate de pérdida del mismo, en cuyo caso deberá manifestarlo por escrito.
  • Copia de la cédula de extranjería, según el caso.
  • Certificado del movimiento migratorio expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia en sobre completamente cerrado, con una antelación no mayor a tres (3) meses, salvo si la visa a traspasar no ha superado el término para pérdida de vigencia: por ausencia del territorio nacional (6 meses para visas Temporales y 2 años para visas de Residente), por superar el término de permanencia en el país (2 años para la visa de Negocios que se haya otorgado en calidad de persona de negocios en el marco de un tratado de libre comercio, acuerdo de asociación o de otro compromiso internacional del cual Colombia sea parte y 1 año para las demás visas de negocios).
  • Presentar diligenciado el formato DP-FO-66 de "compromiso de informar cambio de ocupación". Este debe estar firmado directamente por el extranjero solicitante. Si la solicitud de visa es realizada a través de apoderado o tercera persona, la firma debe ser autenticada ante notario colombiano o ante el respectivo consulado de Colombia excepto presentación personal del solicitante.
  • Solo para titulares de visa de Residente, Temporal Cónyuge de Nacional Colombiano y Temporal Refugiado a Asilado.
  • El titular de Visa de Residente Inversionista, para el traspaso, deberá aportar adicionalmente:
Documentos que demuestren que ha mantenido el monto de la inversión en Colombia durante al menos tres (3) años inmediatamente anteriores a la fecha de traspaso de la visa. En los casos de inversión extranjera directa en inmuebles, presentar el Certificado de tradición y libertad otorgado por la respectiva Oficina de Registro de Instrumentos Públicos con una antelación no mayor a un (1) mes en el cual conste que el solicitante del traspaso de la Visa de Residente Inversionista continúa siendo propietario de un inmueble en el territorio nacional por un valor que corresponda a la inversión registrada.

VISA EN CALIDAD DE BENEFICIARIO: Artículo 53 Decreto 4000 de 2004

Podrá Solicita visa el cónyuge, compañero(a) permanente, padres e hijos, quienes dependen económicamente del extranjero a quien se hubiere otorgado una visa, previa prueba del vínculo o parentesco. En estos casos, la ocupación del Beneficiario será hogar o estudiante. No se podrá autorizar ocupación diferente.

Las visas de Cortesía, Tripulante y Visitante (Turista, Técnico o Temporal), no dan lugar a la expedición de visas en calidad de Beneficiario, salvo lo establecido en normas especiales.

La vigencia de la Visa otorgada en calidad de Beneficiario no podrá exceder la de la visa otorgada al titular y expirará al mismo tiempo que ésta, sin necesidad de pronunciamiento expreso de la autoridad competente.

Vigencia: La misma otorgada al titular del visado.

REQUISITOS:
  • Presentar completamente diligenciado el formulario DP-FO-67 de solicitud de visa. Este debe estar firmado por el extranjero solicitante y no por interpuesta persona.
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotografías recientes e iguales entre sí, de frente, a color, fondo blanco, tamaño 3x3 cm.
  • Copia de la página de datos biográficos del pasaporte, así como de la página que contenga la última visa colombiana, si la tuviere, y la del último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.
  • Registro Civil o documento equivalente que demuestre el vínculo o parentesco, debidamente legalizado o apostillado, según el caso.
  • Documentos que prueben la dependencia económica del beneficiario respecto del titular de la visa.
  • Carta mediante la cual el titular de la visa se hace responsable de la permanencia del Beneficiario y de su salida del país. En el caso de menores de edad, la solicitud, poder o autorización, según el caso, será suscrita por sus padres con sello de presentación personal ante notaría o cónsul colombiano.
  • Fotocopia de la visa vigente del titular.






































































Visa Shengen

¿Qué es la Visa Shengen?

El Seguro Schengen, es un seguro de viaje obligatorio, exigido por algunos países de Europa, miembros del acuerdo de Schengen, donde obligan a los turistas a la contratación de un seguro con una validez igual al tiempo de permanencia en territorio Schengeny que cumpla con una serie de requerimientos específicos para poder ingresar.

Tenga en cuenta si esta por viajar a alguno de los países que citaremos a continuación, deberá solicitar su seguro Schengen y visado correspondiente, para poder ingresar al país europeo. 

Los países donde se aplica el Tratado Schengen son: 

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania y Suecia.

Requisitos del Seguro Schengen

• Asistencia médica por enfermedad, con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Asistencia médica por accidentes, con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Asistencia legal con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Repatriación sanitaria de emergencia o administrativa.
• Visado Schengen (obligatorio al ingresar a la comunidad europea).
• La devolución de los gastos no puede ser a reembolso.
• El seguro de viaje no puede tener un deducible.
• La compañía aseguradora deberá tener un representante o sucursal en Europa.
• El período de vigencia del seguro de viaje, deberá ser igual al tiempo de estadía en espacio Schengen.

Requisitos Visado Schengen:
  • El viajero deberá presentar dos formas de aplicación completas, adjuntando fotografía actualizada.
  • Pasaporte válido (con una vigencia que supere los tres meses después de la fecha de finalización del viaje).
  • Copia del itinerario con la confirmación de la reserva de hospedaje, en el caso que vaya a un Hotel.
  • El pasaje aéreo de ida y vuelta.
  • Acreditar soporte financiero por medio de: extractos bancarios, certificado de ingresos económicos o una carta de invitación y una declaración de patrocinio del anfitrión del país perteneciente al acuerdo de Schengen (para aquellos que viajen con motivo de visita a familiares o amigos).
  • Para viajes de negocios, la presentación de una carta de la empresa, indicando los motivos del viaje y el tiempo de estancia.
  • Para los menores de edad que viajen solos o acompañados por un adulto, deberán preguntar en el consulado o embajada correspondiente al país de destino con respecto a los requisitos específicos.
  • Seguro de viajes, con una vigencia igual al tiempo de duración del viaje en espacio Schengen y que cumpla con los siguientes requisitos: Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros, Asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros, Repatriación cobertura mínima de 30,000 euros, devolución de gastos no puede ser a reembolso, el seguro de viaje no puede tener un deducible y la compañía aseguradora deberá tener un representante o sucursal en Europa.

Visa Americana en Colombia

Requisitos para solicitar la visa americana en Colombia


PASO 1: Seleccione su tipo de visa. Muchas personas visitan los Estados Unidos por placer o negocios con visa B1/B2, sin embargo existen muchos tipos diferentes de visa para estudio, programas de intercambio, trabajo e inversión en dicho país.

Tipos de visas

Las visas de no inmigrante permiten estadías temporales en los Estados Unidos. A continuación presentamos las categorías generales de visas de no inmigrante que usted puede solicitar en la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá.

· Turismo y negocios (B1/B2)

· Estudio en los Estados Unidos (F & M)

· Programas de Intercambio – Au Pairs, Trabajo de Verano, Profesores Bilingües, etc. (J)

· Trabajadores Temporales (H, L, O, P)

· Trabajadores Religiosos (R)

· Empleados Domésticos (B1, A-3, G-5)

· Miembros de Tripulación (C1,D)

· Inversionistas (E1, E2)

· Prensa y Medios de Comunicación (I)

· Diplomáticos y Oficiales (A, G, C-3)

· Tráfico de Personas y Victimas de Crímenes (S,T,&U)

PASO 2: Diligencie el formulario DS-160 Solicitud de Visa de No Inmigrante. Este formulario se encuentra disponible en línea en inglés con su respectiva traducción al español. Una vez diligenciado imprima la “Hoja de Confirmación” con el código de barras.

PASO 3: Cancele los derechos de solicitud de visa y programe una cita para su entrevista a través del servicio de información de visa (CSC). De igual manera usted debe escoger la oficina de DHL para el envío de su pasaporte.

PASO 4: Preséntese en la Unidad de Visas de la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá en la fecha y hora de su cita.

PASO 5: Recoja su pasaporte con visa en la oficina de DHL que usted seleccionó en el PASO 3.

Documentos requeridos solicitud de la visa 


Los siguientes documentos son requeridos para todas las categorías de visas de no inmigrante:

· Formulario de Solicitud de Visa DS-160. Este formulario debe ser diligenciado en línea. Por favor traer la hoja de confirmación con el código de barras para el día de su entrevista en la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá.

· Pasaporte vigente

· Una foto

Los siguientes documentos son altamente recomendados para asegurar un proceso ágil el día de su entrevista:

· Documento de identidad
· Para los solicitantes de visa menores de 14 años de edad, copia del folio del Registro Civil de Nacimiento.

Ciertas categorías de visa requieren documentación adicional.

Usted puede traer documentación adicional para el día de su entrevista con el fin de demostrar su situación actual en Colombia y sus motivos de viaje. Esta documentación adicional no es requerida por el oficial consular o la Embajada de los Estados Unidos.

El oficial consular por lo general determina si un solicitante de visa califica para la misma con base en la información presentada por usted en el momento de la entrevista y por la información contenida en el formulario DS-160, sin necesidad de ver los documentos de soporte que usted presente.




Mas informacion:

http://spanish.bogota.usembassy.gov/informacin_general.html